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SERVICIOS DE INMIGRACION
Normalmente, los clientes eligen a sus abogados de inmigración sólo sobre la base de su idioma o su origen étnico. Los clientes españoles con problemas de inmigración van a los abogados españoles, los clientes chinos buscan los abogados chinos, y así sucesivamente. Pero el dominio del idioma solo o la capacidad de llenar los formularios del USCIS no es la mejor manera de seleccionar a un abogado de inmigración.
Como un abogado de inmigración, tengo que admitir que la ley de inmigración es probablemente una de las prácticas más complejas y difíciles. Un abogado de inmigración tiene que estar siempre atento a los cambios en el cuerpo de la ley y las decisiones de los órganos administrativos y los tribunales federales, especialmente los de su circuito, con el fin de servir bien a sus clientes. Cláusulas de abuelo, restos de antiguas legislaciones federales, decisiones e interpretaciones administrativas de la Junta de Apelaciones de Inmigración pueden servir de base para la aplicación de un inmigrante para el alivio. Los clientes merecen ser consciente de que notarios no son abogados y no tienen el tipo de formación y experiencia que un abogado tiene.
A diferencia de otros tribunales, los tribunales de inmigración son tribunales de autoridad muy limitada y sólo hay unos pocos casos en que los jueces pueden ejercer discreción. El conocimiento de las leyes, reglamentos y prácticas que guían el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos es esencial para dar servicio a los clientes.
Cuando un cliente viene a nosotros con un problema de inmigración, que suelen ser capaces de ayudar y guiar al cliente y explicar acerca de las opciones pueden estar disponibles para el alivio. |
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APLICACION DE LA SUPREMA CORTE EN DEFENSA DE LA LEY DEL MATRIMONIO
De conformidad con el Tribunal Supremo al considerar que la Sección 3 de la Ley de Defensa del Matrimonio (DOMA) es inconstitucional, el presidente Obama dirigió departamentos federales para asegurar la decisión y sus implicaciones para los beneficios federales para que matrimonios legales de personas del mismo sexo se implementen rápidamente y sin problemas. Con ese fin, con efecto inmediato, me he dirigido a los Servicios de Ciudadanía de EE.UU. y Servicios de Inmigración (USCIS) para la revisión de solicitures de Inmigración de visa presentadas en nombre de un cónyuge del mismo sexo de la misma manera como las presentadas en nombre de un cónyuge del sexo opuesto.
Preguntas más frecuentes
Q1: Soy un ciudadano de EE.UU. o residente legal permanente en el matrimonio entre personas del mismo sexo con un extranjero. ¿Puedo ahora patrocinar a mi esposa para una visa de inmigrante basada en la familia?
A1: Sí, se puede presentar la petición. Usted puede presentar un Formulario I-130 (y cualquier aplicación que acompaña aplica). Su derecho de petición para su esposo, y la admisibilidad de su cónyuge como inmigrante en la solicitud de visa de inmigración o el ajuste de fase de estado, se determinará de acuerdo a la ley de inmigración vigente y no se le negará automáticamente como resultado de la naturaleza del mismo sexo de su matrimonio.
Q2: Mi esposo y yo nos casamos en un estado de EE.UU. que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero vivimos en un estado que no es así. ¿Puedo presentar una petición de visa de inmigrante para mi cónyuge?
A2: Sí, se puede presentar la petición. En la evaluación de la solicitud, con carácter general, la USCIS se parece a la ley del lugar donde se celebró el matrimonio para determinar si es válida para efectos legales de inmigración. Esa regla general está sujeta a algunas excepciones en las que las agencias federales de inmigración históricamente han considerado la ley del Estado de residencia, además de la ley del Estado de la celebración del matrimonio. Si esas excepciones se aplican puede depender de las circunstancias individuales, en hechos concretos. Si es necesario, podemos proporcionar más orientación sobre esta cuestión en el futuro.
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DERECHO DE FAMILIA
Pocos casos pueden ser tan intensos y polémicos como casos matrimoniales cuando las partes no puedan resolver las controversias económicas, familiares y apoyo entre ellos. En esos casos, el tribunal matrimonial decidirá el caso si los litigantes no pueden llegar a un acuerdo. Sin embargo, es importante que las partes puedan comprender plenamente sus derechos en todas las etapas del procedimiento. El consejo y la guía de un abogado es esencial.
Es importante señalar, sin embargo, que la mayoría de los casos se resuelven por medio de negociaciones en algún momento en el tiempo y sólo en algunos casos se trató de conclusión en cuanto a todas las cuestiones. En algún momento u otro en el curso de un litigio matrimonial, las partes, ya sea por sí mismos o a través de sus abogados, tienen que sentarse en conferencia por su caso. Para lograr este objetivo, los tribunales han establecido procedimientos para la intermediación financiera de las cuestiones económicas.
DIVORCIO
Los tribunales de Nueva Jersey son bastante liberales en la concesión de los juicios de divorcio. En nuestros días, el simple testimonio de una de las partes para establecer la razón del divorcio (la "causa") es legalmente suficiente para conceder la disolución del matrimonio. Algunos jueces, incluso prescinden del requisito de presentar un certificado como un pre-requisito para la emisión de una sentencia definitiva de divorcio. Por lo tanto, si usted cree que su caso de divorcio va a tener más mérito por razón de la culpabilidad de su cónyuge en la ruptura de la relación, tenemos malas noticias: los tribunales de divorcio en Nueva Jersey pagan poca (o ninguna) atención a lo que los abogados llaman "la causa de la acción".
Como cuestión de hecho, la causa de la acción ni siquiera se considera como el factor determinante de la concesión de la custodia de los niños en el Estado de Nueva Jersey. Recientemente, nuestro legislador, con el fin de relajar las reglas y hacer más fácil para las partes a buscar un divorcio, codificada una "causa de la acción", comúnmente conocido como "diferencias irreconciliables". Como resultado de esa legislación relativamente nueva, los esposos que quieren disolver los lazos de su matrimonio ahora pueden optar por demandar el divorcio por motivos de "diferencias irreconciliables" si esas diferencias se han prolongado durante más de 6 meses antes de la presentación de la demanda de divorcio.
Las partes controversiales de los conflictos de divorcio contencioso generalmente se refieren a la cuestión de la custodia de los hijos, visitas de los padres, manutención infantil, distribución equitativa de los bienes gananciales y el apoyo para el cónyuge económicamente dependiente (pensión alimenticia).
PENSION ALIMENTICIA
Lo que normalmente hace un caso muy disputado en los tribunales es cuando las partes tienen la custodia y visitación y/o disputas financieras en relación con el apoyo o la distribución de la propiedad. En cuanto a las cuestiones de manutención de menores, el tribunal toma una decisión sobre el monto de la pensión alimenticia a cargo del cónyuge que paga (el "deudor") basado en pautas de manutención infantil del Estado. Además, el Tribunal también considerará, pero no se limitará a otros factores para decidir el monto de la pensión alimenticia que debe pagarse.
CUSTODIA DE LOS NIÑOS
A menos que las partes puedan ponerse de acuerdo, la custodia de los hijos menores no emancipados del matrimonio está determinada por el "interés de la norma de los niños". Ambos padres comienzan el proceso con el mismo derecho a los derechos de los padres. Hay criterios legales y de otro tipo, que los Jueces han de aplicar en la toma de determinaciones de custodia y crianza de los hijos.
La Corte Suprema de Beck Beck v, 86 NJ 480, 485 (1981) ha señalado que el estatuto pertinente [NJSA 2A :34-23], establece tribunales con amplia autorización para las determinaciones de custodia en el proceso de divorcio.
PENSIÓN ALIMENTICIA
La pensión alimenticia para las partes se basa en una serie de factores. En N.J.S.A. 2A :34-23 (b) del Estatuto de la pensión alimenticia de Nueva Jersey establece lo siguiente:
En todas las demandas presentadas hasta el divorcio, el divorcio de cama y comida, o la nulidad, el tribunal puede conceder una o más de los siguientes tipos de alimentos: pensión alimenticia permanente, pensión alimenticia de rehabilitación; limitada duración de la pensión alimenticia o pensión alimenticia reembolso a cualquiera de las partes. Al hacerlo, el tribunal tendrá en cuenta, pero sin limitarse a ellos, las circunstancias personales de las partes y una serie de factores enumerados y se rige por la ley y la jurisprudencia. |
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BANCARROTA
QUÉ ES LA BANCARROTA?
La quiebra es la incapacidad declarada de una persona u organización (conocido como el deudor) para pagar las deudas contraídas con uno o más acreedores.
Por la declaración de quiebra, el deudor se libera de una deuda insuperable. El Tribunal de Quiebras protege al deudor de sus acreedores.
Los dos tipos más comunes de declaraciones de quiebra son:
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Capítulo 7, Bancarrota. Si usted se enfrenta con una deuda abrumadora, una quiebra bajo el Capítulo 7 puede ser la respuesta. Algunas de las deudas que se pueden cancelar en una bancarrota del capítulo 7 incluyen tarjetas de crédito, préstamos bancarios, préstamos personales, cuentas médicas y otros. Si tiene alguna pregunta, por favor llame a la oficina para hacer una cita.
- Capítulo 13, Bancarrota. Si usted está buscando a tener que renunciar a una parte propiedad bajo el Capítulo 7, es posible que desee ver en los beneficios de un Capítulo 13. Bajo el Capítulo 13 de bancarrota, usted será capaz de mantener su propiedad, pero hay que entrar en un plan de pago que suele durar entre tres y cinco años. Para obtener más información sobre los requisitos de una bancarrota del capítulo 13 y para discutir a fondo su caso, llame o visite nuestra oficina.
La quiebra es un área compleja y confusa de la ley. Una persona que trata de presentar la quiebra debe valerse de un abogado calificado para obtener asesoramiento competente a través del proceso legal. |
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